Se acaba el plazo para regularizar rentas no declaradas
El pasado 31 de mayo se aprobó la orden HAP/1182/2012, por la que se desarrolla la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducía diversas medidas tributarios y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, siendo una de ellas la aprobación del modelo 750, declaración especial.
Dirigida para aquellos contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que sean titulares de bienes o derechos y no hayan sido declaradas en dichos impuestos, se les da la posibilidad de presentar una declaración tributaria especial con el objeto de regularizar su situación tributaria.
Por dichas rentas no declaradas se pagará el 10%, incorporando la información necesaria que permita identificar los bienes y derechos, la declaración tributaria especial tiene carácter reservado y deberápresentarse antes del 30 de noviembre de 2012.
/
/
/

El IVA en operaciones de dación en pago
Las sociedades inmobiliarias de los bancos ya no se benefician del IVA soportado en operaciones de dación den pago.
La Ley antifraude que entró en vigor el pasado 31 de octubre ha modificado la Ley de IVA, con el cambio que ha realizado Hacienda en el artículo 84, estableciendo que el sujeto pasivo adquiriente de un inmueble solo pueda deducirse el IVA soportado si acredita que ha ingresado el IVA repercutido.
(más…)
/
/
/